La resolución impide avanzar con perforaciones, instalaciones submarinas y otras tareas relacionadas con el desarrollo del emprendimiento. Además, establece restricciones sobre operaciones financieras que puedan contribuir a su ejecución.
Entre los pedidos formulados en la causa se encuentra también la notificación del proceso a organismos regulatorios y mercados de valores, junto con la identificación de las personas, empresas y entidades que intervienen en el financiamiento del proyecto.
La jueza federal Mariel Borruto aclaró que se trata de una decisión de carácter cautelar. Por lo tanto, la resolución no determina de manera definitiva responsabilidades de las compañías demandadas ni resuelve las cuestiones de fondo planteadas en el expediente.
Como parte de la medida, las empresas deberán presentar dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación una declaración jurada y documentación destinada a informar el estado actual del proyecto.
Entre otros puntos, deberán detallar el cronograma previsto para las tareas de construcción, perforación, instalación y comienzo de la explotación; la cantidad, ubicación y situación de los pozos; y las unidades flotantes y equipos de perforación contratados.
También deberán informar quiénes son los principales contratistas y subcontratistas, cuál es la estructura societaria empleada para el desarrollo de Sea Lion y qué entidades financieras y fondos participaron en su financiamiento.
La información requerida incluye además los desembolsos ya realizados, aquellos comprometidos y los que permanecen pendientes, junto con las aseguradoras y reaseguradoras relacionadas con el proyecto.
En materia ambiental, las compañías deberán aportar estudios, evaluaciones de riesgo, modelizaciones de eventuales derrames y planes de contingencia. También tendrán que informar sobre las obras e instalaciones terrestres y portuarias ejecutadas o proyectadas como soporte del emprendimiento, además de cualquier ampliación prevista o incorporación de nuevos pozos.
La resolución contempla asimismo restricciones sobre determinadas operaciones económicas. Entre ellas se encuentran la celebración de nuevos contratos de financiamiento, la recepción de desembolsos, pagos y transferencias, aportes de capital, préstamos entre sociedades vinculadas, constitución de garantías y operaciones destinadas a gravar activos, siempre que estén relacionadas con la continuidad del proyecto.
La jueza también requirió información a organismos del Estado argentino. La Cancillería deberá informar, dentro del mismo plazo, si las empresas involucradas recibieron alguna habilitación, permiso o autorización de una autoridad argentina para realizar actividades de exploración, explotación u otras tareas vinculadas con hidrocarburos en las Islas Malvinas o en la Plataforma Continental Argentina.
Por otra parte, la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, dependiente de la Subsecretaría de Ambiente de la Jefatura de Gabinete, deberá informar si existen registros de proyectos, evaluaciones de impacto ambiental iniciadas o presentaciones relacionadas con Sea Lion y eventuales ampliaciones impulsadas por las compañías.
El organismo también deberá precisar si se emitió alguna declaración de impacto ambiental o certificado correspondiente. En caso de que esos procedimientos todavía no se hayan iniciado, tendrá que informar si está previsto hacerlo.
De esta manera, la medida cautelar no solo interrumpe las actividades vinculadas con el desarrollo de Sea Lion, sino que abre una instancia de recopilación de información sobre el estado del proyecto, su estructura financiera, sus participantes y los procedimientos ambientales y administrativos relacionados.





