La denuncia fue presentada ante la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios bonaerense y apunta al veredicto absolutorio dictado el 14 de octubre de 2026. López integra el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 del Departamento Judicial San Nicolás.
El planteo cuestiona la interpretación del derecho de huelga utilizada para justificar la absolución y sostiene que el fallo no evaluó de manera individualizada si la modalidad de los bloqueos, su duración y las consecuencias para la actividad comercial excedieron los límites legales de la protesta. También objeta la aplicación de la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Kot, de 1958, al considerar que fue utilizada fuera de su contexto para descartar la intervención penal en el conflicto.
Los hechos investigados ocurrieron en la planta de Rey Distribución S.R.L. durante enero y febrero de 2021. En el proceso se acreditaron dos bloqueos: uno el 15 de enero y otro entre el 22 y el 25 de febrero. Según la acusación, las medidas impidieron el funcionamiento habitual de la distribuidora y la salida de vehículos.
Sin embargo, el juez consideró que los hechos comprobados no constituían delitos penales, sino que estaban comprendidos dentro del ejercicio del derecho de huelga. En su resolución, de 120 páginas, sostuvo que la existencia de reclamos laborales y salariales debía ser considerada en el análisis del conflicto y afirmó que el Código Penal excluye la responsabilidad de quien actúa en el legítimo ejercicio de un derecho.
Con ese criterio, absolvió a Maximiliano Cabaleyro y a otros seis acusados: Maximiliano Pérez, Carlos y Enzo Ojeda, Matías y Lucas Torrez, y Edgardo Di Mayo. Además, cuestionó el uso de escuchas telefónicas durante la investigación, al considerar que resultaron desproporcionadas en relación con los resultados obtenidos.
La decisión se apartó de los pedidos de condena formulados durante el juicio. La fiscalía había solicitado diez años de prisión por delitos de turbación de la posesión, coacción, extorsión y amenazas, mientras que la querella reclamaba una pena de quince años. Las fiscales María del Valle Viviani y Verónica Marcantonio anunciaron su intención de apelar el fallo.
En los fundamentos de la absolución, López también rechazó que el derecho de propiedad y el derecho de huelga deban analizarse como derechos equivalentes en términos que impidan el ejercicio de este último. Según argumentó, considerar ilegítima toda afectación de otros derechos llevaría a concluir que ninguna huelga podría ser válida.
El caso generó fuertes cuestionamientos por parte de Passaglia, quien sostuvo que los bloqueos habían afectado a toda la ciudad, al impedir el ingreso y la salida de vehículos y perjudicar servicios como la entrega de alimentos y la recolección de residuos. El exintendente calificó la decisión como un retroceso y cuestionó el alcance otorgado al derecho de protesta.
López llegó al Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás en 2019, durante la gestión de María Eugenia Vidal, mediante el decreto 1178/19, luego de que su pliego recibiera la aprobación unánime del Senado bonaerense. El tribunal había sido creado por la ley provincial 14.612 y comenzó sus actividades el 11 de noviembre de ese año, según lo dispuesto por la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
El magistrado también había intervenido anteriormente en otro caso penal de repercusión pública, relacionado con Pablo Javier Gordillo, condenado por un jurado popular por abuso sexual gravemente ultrajante. En esa causa, se dispuso que cumpliera una pena de cinco años de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario.
El pedido de juicio político busca que se investigue si la actuación de López en la causa por los bloqueos configura alguna de las causales previstas para el enjuiciamiento de magistrados. La presentación no implica, por sí misma, que se haya determinado la existencia de una falta ni que el juez haya sido destituido.





