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La Corte Suprema tendrá su propia representación en las causas judiciales en las que es parte

23 mayo, 2025
in Economía
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió asumir de manera progresiva la representación legal de sus propios intereses en las causas judiciales en las que es parte, tanto como actora o como demanda. Se trata de una medida busca reforzar la independencia funcional y orgánica del Poder Judicial. Esa tarea hasta ahora estaba a cargo del Ministerio de Justicia de la Nación.

La decisión se tomó a través de la resolución 931/2025 que habilita a los abogados de la Dirección de Asuntos Contenciosos (DAC) de la Corte a ejercer la representación del máximo tribunal en ámbitos judiciales, extrajudiciales y administrativos. La resolución lleva la firma de los tres jueces del máximo tribunal, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

La determinación que tomó el máximo tribunal es para garantizar una defensa más eficiente, evitando dilaciones innecesarias, especialmente en procesos de alto impacto institucional o patrimonial en los que la Corte Suprema es parte.

Que, a fin de ir asumiendo de forma progresiva y coordinada las funciones precedentemente descriptas sin afectar el ejercicio del derecho de defensa del Tribunal, resulta necesario requerir al Ministerio de Justicia de la Nación que, por medio del área que corresponda, comunique de forma inmediata a la Dirección de Asuntos Contenciosos del Tribunal la iniciación de todo juicio en que esta Corte sea parte, así como de los demás actos procesales que requieran su intervención”, dispusieron los jueces.

Los abogados de la DAC podrán desempeñar esta función manteniéndose bajo el régimen de incompatibilidades previsto por el decreto-ley 1285/58 y el Reglamento para la Justicia Nacional. Además, se aclara expresamente que no percibirán honorarios por su labor en juicio, ya que se trata de agentes públicos con remuneración fija.

Para que los abogados cumplan esa función, la Corte facultó al titular de la Secretaría Jurídica General a otorgar poderes generales a los abogados de la DAC. También lo instruyó a dictar las disposiciones operativas necesarias para el funcionamiento efectivo de esta dependencia.

Con la intervención en los juicios, la Corte asumirá la totalidad de los costos de la actuación profesional de sus abogado. Esto incluye el pago de impuestos, tasas judiciales, contribuciones, matrícula profesional y cualquier otro gasto derivado de su intervención en juicio. También se dispuso que los honorarios que pudieran regularse como parte del proceso judicial deberán transferirse a una cuenta oficial de la Corte Suprema.

Los abogados de la DAC podrán matricularse en el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal para intervenir en causas dentro de la ciudad Autónoma de Buenos Aires. En tanto, la Oficina de Matrícula de la Corte se encargará de gestionar las inscripciones necesarias para que los letrados puedan litigar en los tribunales federales de cada una de las provincias del país.

“Que la independencia orgánica y funcional del Poder Judicial de la Nación, que se sustenta en el principio republicano de la división de poderes, requiere acciones positivas por las que se ponga de manifiesto el rol de esta Corte Suprema como cabeza de dicho poder”

Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti agregaron que “la actuación directa de un órgano especializado resulta conveniente con el objetivo de garantizar una defensa más eficiente, evitando dilaciones innecesarias frente a plazos procesales perentorios y, con frecuencia, exiguos. Esto se torna especialmente necesario en pleitos de trascendencia institucional y patrimonial”.

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