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La dilación en la definición sobre la inocencia fiscal podría obstaculizar el acceso al régimen simplificado

14 julio, 2026
in Economía
La dilación en la definición sobre la inocencia fiscal podría obstaculizar el acceso al régimen simplificado
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El Gobierno tiene previsto remitir el proyecto con ajustes a la Ley de Inocencia Fiscal a partir de la semana del 20 de julio. Las modificaciones, solicitadas por un grupo de profesionales, serán enviadas a la Cámara de Diputados.

“Ya la han aprobado originalmente. No veo razón para que no aprueben una versión mejorada”, afirmó el ministro de Economía, Luis Caputo. El principal obstáculo no radica en la aprobación por parte del Congreso sino en que el plazo para la presentación de la declaración jurada de Ganancias (ya sea bajo el régimen general o simplificado) se cierra el 27 de julio.

En mayo, Caputo mantuvo una reunión con contadores que le plantearon la necesidad de revisar algunos aspectos clave, así como los requisitos para adherir al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y la posibilidad de flexibilizar el concepto de discrepancias significativas.

Por otro lado, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el plazo inicialmente establecido para la presentación de las declaraciones juradas. Sin embargo, la tardanza en el envío del proyecto ha llevado a los tributaristas a solicitar una prórroga adicional.

Consultados al respecto, ni el Ministerio de Economía ni el ente recaudador han proporcionado detalles sobre la posibilidad de extender el plazo para la presentación de la declaración jurada de Ganancias.

“La Ley de Inocencia Fiscal es fundamental porque ese ahorro que se encuentra oculto está generando pérdida de poder adquisitivo y el país no se ve beneficiado, ya que debería convertirse en inversión. Esos ahorros podrían ser destinados por bancos y ALyCs al financiamiento de infraestructura y pymes”, subrayó Caputo.

El desafío radica en que quedan menos de dos semanas para la presentación de la declaración jurada y, dado que el Gobierno enviará las modificaciones sólo a partir de la próxima semana, los tiempos podrían no favorecer a aquellos contribuyentes interesados en aprovechar el régimen simplificado.

“Sin una prórroga, es probable que aquellos contribuyentes que tengan dudas sobre el Régimen Simplificado de Ganancias o que no cumplan con los requisitos, presenten su declaración bajo el régimen general la semana siguiente”, opinó Diego Mastragostino, contador y gerente del Departamento Tributario del estudio Bertazza, Nicolini, Corti y Asociados.

Un punto crucial es que el anteproyecto de ley elimina los requisitos de ingresos anuales de $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones para acceder al esquema simplificado. Además, los “Grandes Contribuyentes Nacionales” podrán sumarse aunque no accedan a los beneficios del régimen, como la presunción de exactitud en los tres ejercicios anteriores al periodo fiscal base.

Algunos contadores comunicaron que han pospuesto la presentación de ciertas declaraciones juradas, aguardando la aprobación de los cambios propuestos por el Gobierno.

“Hay contribuyentes que, por parámetros actuales, no logran acceder, pero si se aprueba el régimen tal como está planteado en el anteproyecto, sí lo harían y desean adherir”, agregó Mastragostino. En esencia, quienes hoy son inelegibles están a la espera y buscan presentar la Declaración Jurada Simplificada.

Sin embargo, también se plantea el asunto de la recaudación. “Una alternativa podría ser que el contribuyente realice un pago anticipado o firme un plan de facilidades de pago para fines de julio, mientras que solo se prorrogaría la presentación de la declaración jurada”, sugirió un experto en la materia.

Situaciones similares se dieron anteriormente con los plazos para Ganancias y Bienes Personales del periodo fiscal 2023, cuando ARCA aceptó presentaciones y pagos considerados en término dentro de un plazo excepcional en septiembre, a cambio de un ingreso especial a cuenta.

César Litvin, contador y CEO de una firma contable, destacó que existe “una tensión entre la necesidad de recaudación —ya que había expectativas de que los vencimientos de Ganancias generaran ingresos significativos— y la urgencia de permitir que más contribuyentes puedan ingresar al régimen simplificado”.

No obstante, Litvin consideró que esta dualidad podría resolverse mediante algún tipo de anticipo adicional o pago a cuenta para aquellos que estén interesados en optar por el régimen simplificado y hoy no pueden, pero que, si se aprueba el proyecto del Ejecutivo, estarán en condiciones de hacerlo.

Además de los cambios relacionados con los requisitos de acceso al Régimen Simplificado de Ganancias, el anteproyecto también estipula que los pagos en efectivo por compras de inmuebles sean compatibles con los requisitos de acceso.

El Gobierno estableció una ventana hasta el 31 de diciembre de 2027 para la exteriorización de “dólares del colchón”, que se considerarán como “bienes incorporados al patrimonio del contribuyente” en el momento de la operación.

Con respecto a las discrepancias significativas que puedan surgir entre las declaraciones de los contribuyentes y lo determinado por ARCA, las modificaciones permitirán que ya no se calculen sobre el saldo final de la declaración, sino sobre el impuesto determinado, aplicando un umbral mínimo bajo el cual la diferencia no será considerada relevante.

Es decir, aunque la discrepancia supere el 15% del impuesto determinado, si es inferior a $5.000.000, el contribuyente no perderá los beneficios correspondientes.

Finalmente, una de las modificaciones ha suscitado controversia entre los especialistas en tributación. El artículo 42 ter indica que las fiscalizaciones, determinaciones, recursos o juicios en curso seguirán vigentes, incluso si un contribuyente se adhiere al régimen simplificado.

Los expertos consideran que este cambio limitaría el efecto del tapón fiscal en aquellos casos donde la adhesión ocurriera antes del inicio formal de la fiscalización.

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