Esta información se dio a conocer luego de que la Cámara Federal de San Martín revocara una medida cautelar que obligaba al Ministerio de Capital Humano a seguir realizando transferencias mensuales. Con esta decisión, la obligación de mantener los pagos a partir de agosto quedó sin efecto.
Se estima que más de 900.000 beneficiarios se verán afectados, ya que dejarán de recibir el monto mensual que les correspondía a través de este programa, a menos que se produzcan modificaciones oficiales en el futuro.
El cambio se origina en un fallo judicial que anuló la medida cautelar que estaba vigente hasta el momento. Esto implica que el Gobierno ya no tiene la obligación de continuar con las acreditaciones mensuales que gozaban los participantes del programa.
La Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP) confirmó la noticia tras el fallo y alertó sobre sus repercusiones. En este contexto, afirmaron: “La Justicia niega el derecho al salario a más de 900 mil trabajadores”, y añadieron: “En agosto no se va a cobrar el Volver al Trabajo”.
Con esta nueva realidad, el pago de julio de 2026 se perfila como la última transferencia prevista para los beneficiarios del programa Volver al Trabajo. Hasta el momento, no se han realizado anuncios oficiales que indiquen una modificación en esta situación.
Por lo tanto, a partir de agosto no se anticipan nuevos pagos mientras se mantenga la resolución judicial que eliminó la obligación de continuar con las transferencias mensuales.
A diferencia de Volver al Trabajo, el programa Acompañamiento Social seguirá operando bajo sus condiciones actuales, respaldado por la Resolución 90/2026, que establece una vigencia de 48 meses desde que se implementaron las nuevas directrices en 2024.
En este contexto, los participantes de Volver al Trabajo deberán estar alerta a posibles futuros comunicados oficiales que informen acerca de nuevas normativas. Mientras tanto, la información disponible sugiere que el pago de julio marcará el final del cronograma de depósitos de este programa.





