Aunque estén compuestos por la misma serie de 11 dígitos, el CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) y el CUIL (Código Único de Identificación Laboral) tienen características y funciones diferentes. No obstante, ambos funcionan como una herramienta extra de identificación, sumado al DNI, para realizar trámites de carácter impositivo o laboral.
La principal diferencia entre el CUIL y el CUIT es que el primero corresponde a un número que sirve para identificar a los contribuyentes que cobra una prestación o servicio provisto por el Sistema de Seguridad Social, mientras que el segundo es la clave única de identificación tributaria, es decir, que opera en el sistema tributario del país.
El CUIL, que al igual que el CUIT está formado por 11 números, se creó con el fin de identificar a las personas físicas o jurídicas autónomas que deben tributar al país. Los primeros dos números de identificación son elegidos aleatoriamente y corresponden a un registro global, los ocho del medio son los mismos que el DNI (o al asignado por la Administración Federal de Ingresos Públicos para las sociedades), más un dígito verificador final.
“La CUIL (Clave de Identificación Laboral) es la clave de identificación que brinda la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para registrar aportes jubilatorios, Asignaciones Familiares y que permite realizar trámites en otras entidades públicas, bancos, registros de automotor, entre otros. En la actualidad la CUIL se genera de manera automática al momento de la inscripción de un menor ante el Registro Nacional de las Personas”, detalla la web de AFIP.
Aquellas personas que estén por comenzar a trabajar de manera formal por primera vez o que deseen percibir alguno de los bonos de la ANSES deberán tramitar la CUIL en cualquiera de sus sedes para poder iniciar la actividad laboral o acceder a las prestaciones que otorga la entidad.
En ese sentido, la AFIP explica que el CUIT “no se genera de forma automática y es el interesado quién deberá solicitarla a la AFIP, ya sea para el inicio de una actividad económica o como requisitos para trámites particulares de la Administración u otras entidades”.
En tanto, el trámite para obtener el CUIT puede ser de forma online dentro del portal de AFIP, siempre y cuando cumplan con los requisitos básicos: poseer un DNI válido y ser mayor de edad.
Pedido de nuevo número de CUIL o CUIT
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación determinó que aquellas personas que estén protegidas por la Ley de Identidad de Género pueden pedir un nuevo número de CUIL o CUIT por única vez, el cual se asignará de forma aleatoria puesto que “el prefijo del CUIL o CUIT que se asigne tiene carácter genérico y no tiene carácter binario en términos de sexo/género”.
A través de la Resolución 286/2021, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social determinó lo siguiente con respecto al cambio de número de CUIL o CUIT:
ARTÍCULO 1°. – El prefijo utilizado en la conformación de los nuevos números del Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) de las personas humanas, sea 20, 23, 24 o 27 o los que en el futuro se determinen, a partir de la vigencia de la presente, se asignará de forma aleatoria, siendo de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género.
ARTÍCULO 2°. – Las personas a quienes se les hubiera asignado un número de C.U.I.L. con anterioridad a la vigencia de la presente, y que se encuentren amparadas por la Ley de Identidad de Género N° 26.743, podrán solicitar un nuevo número de C.U.I.L. por única vez, el que será otorgado conforme lo establecido en el artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 3°. – La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) adecuará los sistemas informáticos para que los mismos asignen de forma aleatoria el prefijo citado en el Artículo 1°; así como también, modificará la normativa vigente en la materia.